Conseil du tourisme

El Consorcio de Turismo Ribeira Sacra nace en 2005 con el objeto de articular la cooperación de las administraciones integrantes para el desarrollo de un Plan de Dinamización Turística.

Los estatutos del Consorcio de Turismo Ribeira Sacra, conforme a lo dispuesto en sus artículos 150 y siguientes, así como conforme a la Ley 5/1997 del 22 de Julio de la administración local de Galicia, aquella entidad sigue los trámites que a continuación se indican:

  • Por acuerdos plenarios de los ayuntamientos de Portomarín, Taboada, Chantada, Carballedo, O Saviñao, Pantón, Sober, Monforte de Lemos, A Pobra do Brollón, Ribas de Sil, Quiroga y Paradela, todos de la provincia de Lugo, y los ayuntamientos de A Peroxa, Nogueira de Ramuín, Parada de Sil, A Teixeira, Castro Caldelas, Montederramo, Xunqueira de Espadanedo y Esgos, todos ellos de la provincia de Ourense, se iniciaron las gestiones para la creación del Consorcio y se designaron los respectivos representantes para formar parte de la Comisión Gestora. 

El 10 de Enero de 2005 la Comisión Gestora aprobó inicialmente el proyecto de estatutos del Consorcio. Estos estatutos recogen los objetivos del Consorcio de Turismo Ribeira Sacra:

  • Planificar, gestionar, y promocionar el desarrollo turístico de la zona, desarrollando el Plan de Dinamización Turística de Ribeira Sacra como elemento vertebrador del espacio turístico que constituye el ámbito del Consorcio. 
  • Fomentar y desarrollar actuaciones y actividades en materia turística coordinando todos los esfuerzos e iniciativas que se realizan con una visión de conjunto en el ámbito del Consorcio. 
  • Potenciar la reorganización y modernización de las empresas turísticas de la zona, así como impulsar la instalación de nuevas empresas, bajo los estándares de calidad turística. 
  • Promover el desarrollo, la modernización y la adaptación al mercado y las innovaciones tecnológicas de las empresas turísticas de la zona. 
  • Fomentar la promoción turística y las actuaciones de puesta en valor de dinamización del sector turístico de la zona. 
  • Formar y capacitar los recursos humanos disponibles e interesados en el sector turístico de la zona. 
  • Mejorar, complementar y aumentar la oferta turística existente en la zona, siempre bajo un criterio de calidad y sostenibilidad. 
  • Realizar los estudios necesarios para el correcto desarrollo de un turismo respetuoso con el entorno económico, cultural y natural de Ribeira Sacra, proponiendo cuantas normativas de uso y gestión del patrimonio natural y cultural sean convenientes y que apoyen las dinámicas del desarrollo basadas en la sostenibilidad del territorio. 
  • Obras, gestión y ejecución de planes, programas o proyectos de interés público y común para las entidades consorciadas, así como la obtención, gestión e inversión de los correspondientes fondos, en materia de políticas del desarrollo regional, social, agrícola, ambiental, en el marco de iniciativas europeas, nacionales, autonómicas o locales, y de otros entes, instituciones o entidades, públicas o privadas. 
  • Asumir la ejecución de obras, planes, programas o proyectos, que las entidades consorciadas u otras administraciones públicas acorden encomendar, para la gestión de servicios y actividades de interés público y común, así como su instalación y prestación, bien sea parcial o integral. 
  • La competencia consorcial se podrá extender a otras obras, planes, programas o proyectos para la consecución y prestación de servicios y actividades con finalidades de interés público, que interesen en común a pluralidad de los miembros asociados. 
  • La competencia consorcial puede acaparar todas las competencias que determinan los artículos 25-28 de la ley 7/1985 del 02 de Abril reguladora de las bases del régimen local y el artículo 81 de la ley 5/1997 del 22 de Julio de la Administración local de Galicia: 
    1. Conservación del Patrimonio histórico-artístico de Ribeira Sacra. 
    2. Protección del medio ambiente de Ribeira Sacra.
    3. Actividades o instalaciones culturales y deportivas y ocupación del tiempo libre. 

 

 

SEDES Y OFICINAS

 

La Sede del Consorcio del Turismo de la Ribeira Sacra, mientras no dispongan de locales propios, estará en el municipio del Alcalde/-esa o concejal/-la que ejerza la Presidencia, o cualquier otro que acuerde el pleno.

En el año 2014 entra en vigor una modificación de estatutos por la que pasan a formar parte de esta entidad el Ayuntamiento de Bóveda, el Consejo Regulador de la D.O. Ribeira Sacra y la Asociación Ribeira Sacra Rural.

Actualmente tiene dos oficinas:

  • La de Presidencia, en la Casa do Concello de Sober 
  • La administrativa, en la Casa do Concello de Nogueira de Ramuín

 

EL PLAN DE DINAMIZACIÓN TURÍSTICA (PDT)

El Plan de Dinamización Turística de Ribeira Sacra es un plan que surge como consecuencia de un convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Economía, la Consellería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia y el Consorcio de Turismo Ribeira Sacra. En este convenio de colaboración también están integrados los empresarios a través de la Confederación de Empresarios de Ourense y de la Asociación Provincial de Hostelería de Lugo.

Este plan se implantará en un destino especial (20 ayuntamientos, 2 provincias), no masivo, con un producto innovador basado en el patrimonio -paisaje, monasterios, río y vino-, y con un valor añadido por su sentido de lugar de espiritualidad, ligada a las corrientes y las sensibilidades que están apareciendo en el mundo.

El marco en el que este proyecto se ponen en marcha supone una nueva etapa turística donde la distancia entre el visitante y el habitante se redujo de manera considerable -ambos forman parte del mismo universo-, donde buscan ser parte activa a la hora de descubrir el territorio y su historia.